UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

Educacion privada Provincial ✓ Verificado — fuente oficial

Publicado en BOP el — texto oficial
Registro oficial (REGCON): 31102462012025 — vigente hasta 31/5/2029

Tabla salarial 2028

Categoría / grupo profesionalSalario base mes (14 pagas)Salario base anualPrecio hora
General
Asoc. tipo 1 4 H. 1.598,68 € — —
Asoc. tipo 1 3 H. 1.199,17 € — —
Asoc. tipo 1 2 H. 798,97 € — —
Asoc. tipo 1 1 H. 399,49 € — —
Asoc. tipo 2 1 H. — — 62,34 €
Asoc. tipo 3 4 H. — — 43,66 €
Asoc. tipo 3 3 H. — — 32,75 €
Asoc. tipo 3 2 H. — — 21,83 €
Asoc. tipo 3 1 H. — — 10,92 €
Asoc. tipo 1 4 H. Público 1.370,30 € — —
Asoc. tipo 1 3 H. Público 1.027,86 € — —
Asoc. tipo 1 2 H. Público 684,83 € — —
Asoc. tipo 1 1 H. Público 342,42 € — —
Asoc. tipo 2 1 H. Público — — 53,43 €
Asoc. tipo 3 4 H. Público — — 37,43 €
Asoc. tipo 3 3 H. Público — — 28,07 €
Asoc. tipo 3 2 H. Público — — 18,71 €
Asoc. tipo 3 1 H. Público — — 9,36 €
Ayudante Doctor — 4.774,88 € bajo SMI —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 8 H 998,01 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 7 H 926,72 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 6 H 855,43 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 5 H 712,86 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 4 H 570,82 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 3 H 428,41 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 8 H Público 855,43 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 7 H Público 794,33 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 6 H Público 733,23 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 5 H Público 611,02 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 4 H Público 489,27 € — —
Prof Sustituto Docencia (TEU) 3 H Público 367,21 € — —
Ayudante de ProyectoProiektuko laguntzailea — 21.822,90 € —
Colaborador de ProyectoProiektuko lankidea — 26.544,10 € —
Colaborador Doctor de Proyecto Tipo 11. motako proiektuko lankide doktorea — 30.003,87 € —
Colaborador Doctor de Proyecto Tipo 22. motako proiektuko lankide doktorea — 39.679,50 € —

1 categoría figura en la tabla 2028 por debajo del SMI (17.094 €/año a jornada completa).

El salario mínimo interprofesional es un suelo legal imperativo (art. 27 del Estatuto de los Trabajadores): aunque la tabla del convenio diga menos, a jornada completa siempre se percibe al menos el SMI. Las causas habituales de estas tablas son: convenio aún no actualizado tras una subida del SMI, categorías a jornada parcial, o que el SMI se absorba con pluses y complementos.

Si trabajas a jornada completa y tu retribución total queda por debajo del SMI, la empresa debe complementarla — puedes reclamar la diferencia (los salarios prescriben al año; guarda nóminas y contrato). En caso de duda, consulta a un sindicato, graduado social o al servicio de mediación laboral de tu comunidad. Verifica tu nómina contra la tabla → Guía: cómo reclamar diferencias →

Salario base en 14 pagas. Los pluses y complementos figuran en el texto oficial del convenio.

¿Dónde te sitúas en este convenio?

¿Cuánto cobrarías de baja?

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