URBASER SA Y SERVICIOS GALLEGOS DE LACERIA SL UTE – UTE CARBALLO

General Empresa ✓ Verificado — fuente oficial

Publicado en BOP el — texto oficial
Registro oficial (REGCON): 15100971012021 — vigente hasta 31/12/2023

Tabla salarial 2021

Años disponibles: 2022 2021 2020 2019

Categoría / grupo profesionalSalario base mes (14 pagas)Salario base anualPrecio hora
General
ENCARGADO 978,71 € 19.476,40 € —
AUX. ADMINISTRATIVO 904,22 € 13.499,71 € bajo SMI —
PEÓN DÍA 680,74 € 13.499,66 € bajo SMI —
PEÓN NOCHE 680,74 € 13.546,81 € —
MECÁNICO 695,18 € 13.499,96 € bajo SMI —
CONDUCTOR DÍA 695,18 € 13.499,96 € bajo SMI —
CONDUCTOR NOCHE 695,18 € 13.834,01 € —
ENCARGADO 1.013,26 € 20.163,92 € —
AUX. ADMINISTRATIVO 936,14 € 13.976,25 € —
PEÓN DÍA 704,77 € 13.976,20 € —
PEÓN NOCHE 704,77 € 14.025,01 € —
MECÁNICO 719,72 € 13.976,51 € —
CONDUCTOR DÍA 719,72 € 13.976,51 € —
CONDUCTOR NOCHE 719,72 € 14.322,35 € —

4 categorías figuran en la tabla 2021 por debajo del SMI (13.510 €/año a jornada completa).

El salario mínimo interprofesional es un suelo legal imperativo (art. 27 del Estatuto de los Trabajadores): aunque la tabla del convenio diga menos, a jornada completa siempre se percibe al menos el SMI. Las causas habituales de estas tablas son: convenio aún no actualizado tras una subida del SMI, categorías a jornada parcial, o que el SMI se absorba con pluses y complementos.

Si trabajas a jornada completa y tu retribución total queda por debajo del SMI, la empresa debe complementarla — puedes reclamar la diferencia (los salarios prescriben al año; guarda nóminas y contrato). En caso de duda, consulta a un sindicato, graduado social o al servicio de mediación laboral de tu comunidad. Verifica tu nómina contra la tabla → Guía: cómo reclamar diferencias →

Salario base en 14 pagas. Los pluses y complementos figuran en el texto oficial del convenio.

Evolución salarial

PeriodoSubida medianaIPCPoder adquisitivo
2019 → 2020 +4,5 % (n=7) -0,3 % +4,8 pp
2020 → 2021 +5,1 % (n=14) 3,1 % +2,0 pp
2021 → 2022 +1,5 % (n=14) 8,4 % -6,9 pp

Mediana de la variación anual de las categorías que aparecen en ambas tablas, frente al IPC anual (INE). Poder adquisitivo = subida − IPC.

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